Antes de nada: ¿es una VUT?
Una vivienda es de uso turístico en Galicia cuando se cede completa, amueblada, por precio, dos o más veces al año y por estancias de menos de 30 días seguidos. Si la alquilas por temporada a una misma persona durante meses, o solo por habitaciones, la figura es otra y el trámite cambia.
Estas reglas están en el Decreto 12/2017. Si tienes dudas sobre tu caso, el estudio de 129 € sirve precisamente para eso.
Tampoco es una VUT la vivienda que se presta sin cobrar a familiares o amigos. Lo que convierte el alquiler en turístico es la combinación de precio, reiteración y estancias cortas.
Lo que miramos en el Concello de Cangas
La declaración ante la Xunta no exime de las licencias municipales. Comprobamos con el Concello si la vivienda está en suelo residencial, si tiene licencia de primera ocupación o documento equivalente y si existe alguna limitación municipal aprobada sobre VUT. A fecha de esta página no hemos localizado una ordenanza municipal específica sobre VUT en Cangas; si se aprueba, la tendremos en cuenta.
En casas fuera del núcleo urbano revisamos también la clasificación del suelo, porque en rústico solo se admiten edificaciones existentes y legales.
El edificio y la comunidad de vecinos
Si tu vivienda es un piso, la comunidad tiene la palabra. Desde el 3 de abril de 2025 la Ley de propiedad horizontal exige, para iniciar la actividad turística en un edificio, el acuerdo de tres quintas partes de los propietarios que representen también tres quintas partes de las cuotas. Antes de presentar la declaración revisamos estatutos y actas.
Si la comunidad aún no lo ha votado, preparamos el escrito al administrador y un modelo de acuerdo por 149 €. Si la vivienda es una casa independiente sin comunidad, este punto no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Presentación y registro
El alta se presenta ante el área provincial de Pontevedra de la Agencia Turismo de Galicia, en el procedimiento TU986D. Lo presentamos con tu representación y te enviamos los justificantes. Con el expediente completo, la vivienda se inscribe en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT).
Después del alta tendrás que registrar a los viajeros en SES.HOSPEDAJES, tener hojas de reclamación y comunicar cualquier cambio de datos a la Xunta.
Documentación que te pediremos
En la mayoría de casos basta con:
- Dirección completa y referencia catastral de la vivienda.
- Escritura, nota simple o contrato que te permita ceder el uso.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, si los tienes.
- Estatutos o actas de la comunidad de propietarios, si la vivienda está en un edificio.
- Póliza del seguro de responsabilidad civil o, si aún no la tienes, el borrador que te ofrecen.
- Teléfono de atención de incidencias que figurará en la declaración.
Cuánto cuesta
Estudio: 129 €. Alta en Galicia: 499 € (si ya hiciste el estudio, se descuenta). Pack llave en mano, con SES.HOSPEDAJES y alta en Hacienda: 699 €, estudio incluido. Tasas, seguro y técnico, si hiciera falta, aparte.
Somos una gestoría y trabajamos a distancia. Más información en alta de vivienda de uso turístico en Galicia y en la página de la provincia de Pontevedra.
Preguntas frecuentes
¿Hay ordenanza de VUT en Cangas?
No hemos encontrado una ordenanza municipal específica publicada. Aun así, comprobamos con el Concello la situación urbanística de tu vivienda.
¿Y el registro estatal de alquileres?
Su exigencia depende del caso tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2026. Lo revisamos contigo.
¿Puedo empezar a alquilar en verano si presento la declaración en junio?
Si la declaración está completa y la vivienda cumple, la actividad puede iniciarse con su presentación; la Administración puede comprobarla después. Te recomendamos empezar con margen.
Fuentes consultadas el 11 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.