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Alta VUT en Silleda: declaración, concello y requisitos

Para alquilar tu vivienda de Silleda a turistas en Galicia hay que presentar una declaración responsable ante la Axencia Turismo de Galicia, con el procedimiento TU986D. Antes revisamos lo que exige el concello, la comunidad de propietarios y la documentación, y después preparamos y presentamos el alta.

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Silleda: la villa de la Semana Verde y las casas de aldea del Deza

Silleda está en el interior de la provincia de Pontevedra, en la comarca del Deza, en el centro geográfico de Galicia. La villa es sede de la Feira Internacional Semana Verde de Galicia, y el concello se reparte en parroquias con casas de aldea y pazos, con la fervenza do Toxa y el monasterio de Carboeiro cerca. El alquiler turístico combina viviendas en la villa con casas completas en el rural.

No hemos localizado una ordenanza propia ni una suspensión del Concello de Silleda sobre viviendas de uso turístico. En Galicia la declaración se presenta ante la Axencia Turismo de Galicia, y antes comprobamos con el Concello de Silleda que la ubicación es compatible con el planeamiento municipal. En casas de aldea revisamos además si están en núcleo rural o en suelo rústico y si la edificación tiene sus licencias.

Silleda en cifras: viviendas turísticas según el INE

Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Silleda hay 35 viviendas turísticas con 197 plazas, unas 5,6 por vivienda. Es el municipio n.º 35 de 61 de la provincia de Pontevedra por número de viviendas turísticas.

Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 35: la cifra se ha mantenido prácticamente igual.

Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.

Qué norma se aplica en Silleda

La actividad se regula en la Ley 7/2011 del Turismo de Galicia y en el Decreto 12/2017, que ordena los apartamentos turísticos, las viviendas turísticas y las viviendas de uso turístico. La VUT es la vivienda amueblada que se cede completa, de forma reiterada y por estancias de menos de 30 días. El alta se hace con el procedimiento TU986D de la sede de la Xunta: declaración responsable (anexo V) dirigida al área provincial de turismo, con el pago de la tasa autonómica. La actividad puede empezar desde la presentación, y la inscripción en el REAT se comunica después.

Además del anexo V y la tasa, el propietario debe tener a punto lo que declara. El Decreto 12/2017 pide acreditar que puede disponer de la vivienda, contar con licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, y tener un seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes. La declaración recoge también la capacidad máxima, un teléfono de incidencias y los datos de quien comercializa la vivienda, con el anexo VIII si son varios. Si Turismo detecta un defecto esencial, da diez días para corregirlo antes de actuar.

El papel del Ayuntamiento de Silleda

La declaración ante la Xunta no sustituye las comprobaciones del Concello de Silleda. El Decreto 12/2017 sitúa las VUT en suelo de uso residencial, salvo que el planeamiento permita otros usos, y deja a los concellos limitar su número por edificio o sector. Varias ciudades gallegas han aprobado ordenanzas o cambios en su planeamiento, y algunas exigen un título habilitante municipal; el TSXG ha avalado límites de este tipo. Por eso comprobamos con el concello qué rige para tu dirección antes de presentar.

Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Silleda

El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Silleda:

  • Estudio previo: comprobamos qué permite el planeamiento del Concello de Silleda para tu dirección y si exige algún título municipal.
  • Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
  • Reunimos el título de la vivienda, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y el seguro de responsabilidad civil.
  • Pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa autonómica 31.19.01 en la Oficina Virtual Tributaria de Galicia.
  • Preparamos la declaración responsable (anexo V, y anexo VIII si hay varias comercializadoras) y la presentamos con el procedimiento TU986D.
  • Turismo comprueba la declaración y anota la vivienda en el REAT; si pide subsanar algo, se contesta en diez días.
  • Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, aviso de hojas de reclamación y copia de la declaración a la vista.

Documentos que te pedirán

Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:

  • DNI o NIE del propietario y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
  • Escritura o nota simple y referencia catastral de la vivienda.
  • Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra.
  • Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios.
  • Certificado o acta de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
  • Contrato con la persona o empresa comercializadora, si no es el propietario.
  • Justificante de pago de la tasa autonómica.
  • Autorización de representación para presentar en tu nombre.

Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.

Requisitos de la vivienda

La norma de Galicia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:

  • Cesión de la vivienda completa, amueblada y equipada para su uso inmediato.
  • Estancias de menos de 30 días seguidos, de forma reiterada.
  • Calefacción en las zonas de uso de los huéspedes, salvo que solo funcione de junio a septiembre.
  • Teléfono de atención 24 horas para huéspedes e incidencias.
  • Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
  • Aviso de que hay hojas de reclamación y copia de la declaración presentada, a la vista de los huéspedes.
  • Perfecto estado de higiene y capacidad máxima declarada coherente con la licencia o la cédula.

La comunidad de vecinos

Si la vivienda está en un edificio con comunidad de propietarios, desde el 3 de abril de 2025 hace falta que la junta apruebe expresamente el uso turístico por tres quintas partes (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.12, tras la LO 1/2025). En Silleda lo revisamos antes de nada y, si hace falta, preparamos el escrito al administrador y el modelo de acuerdo con nuestro servicio de aprobación de la comunidad.

En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.

Si ya tienes la vivienda dada de alta en Silleda

Con la vivienda de Silleda ya anotada en el REAT, cualquier cambio en lo declarado se comunica en diez días con el mismo procedimiento TU986D. Es el caso del cambio de titular por venta o herencia, o de una modificación de datos como la comercializadora o la capacidad. La baja también se comunica en diez días. Cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES. Turismo puede inspeccionar la vivienda y, si detecta inexactitudes esenciales, impedir una nueva declaración durante un tiempo.

También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.

Precio de la gestión en Silleda

Precio cerrado: 499 € (IVA incluido) por el alta VUT en Silleda, o 699 € con el pack llave en mano, que incluye SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. En Galicia la declaración no exige técnico. Si tu concello tiene ordenanza o limitaciones, el primer paso es el estudio de 129 €, descontable. Tasas aparte.

Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.

Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Silleda

¿Necesito técnico para dar de alta una vivienda turística en Silleda?

La ficha del TU986D no pide un certificado técnico. Sí necesitas licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra; si no la tienes o hay obras pendientes, lo vemos en el estudio.

¿Puedo alquilar por habitaciones como VUT?

No. El Decreto 12/2017 exige ceder la vivienda completa. El alquiler por habitaciones necesita otra figura y lo estudiamos aparte.

¿Puedo empezar a alquilar en cuanto presente la declaración?

La actividad queda habilitada desde la presentación, pero Turismo puede comprobarla después y el concello controla el uso urbanístico. Por eso revisamos antes lo que exige el Concello de Silleda.

¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?

Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal necesita la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también los estatutos.

Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.

El siguiente paso empieza
con una conversación.

Cuéntanos dónde está tu vivienda y qué te gustaría hacer con ella.

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