Santa Maria del Camí: casas de pueblo y fincas del Raiguer
Santa Maria del Camí está en el centro de Mallorca, en el Raiguer, al pie de la Serra de Tramuntana y junto a la autovía de Inca, a unos 15 kilómetros de Palma. Es un pueblo con tradición vinícola, mercado semanal y casas de piedra en el casco, y un término de fincas y casas en suelo rústico. El alquiler turístico se reparte entre casas de pueblo y fincas rústicas con piscina, muy buscadas por familias.
No hemos localizado una ordenanza propia del Ajuntament de Santa Maria del Camí sobre alquiler turístico. En Mallorca el alta depende de la zonificación del Consell de Mallorca, del tipo de vivienda (unifamiliar o plurifamiliar) y de que haya plazas disponibles, y en suelo rústico la situación legal de la casa pesa mucho. Antes de presentar nada comprobamos con el ayuntamiento y con el Consell si tu vivienda puede comercializarse y con qué condiciones, y si no encaja te lo decimos antes de que gastes en técnicos.
Santa María del Camí en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Santa María del Camí hay 37 viviendas turísticas con 302 plazas, unas 8,2 por vivienda. Es el municipio n.º 62 de 67 de la Illes Balears por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 45, así que la cifra ha bajado un 17,8 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Santa María del Camí
La base es la Ley 8/2012 del turismo, reformada muchas veces, la última en junio de 2026. Para comercializar estancias turísticas en una vivienda de Santa María del Camí hacen falta tres condiciones que a menudo no se dan a la vez: zona declarada apta, plazas turísticas acreditadas y una antigüedad mínima de cinco años con uso residencial. Las estancias no pueden superar las treinta noches y la vivienda se cede completa, salvo en la modalidad de vivienda principal. Las zonas y el número de plazas los fija cada consell, así que lo que vale en una isla puede no valer en otra.
Desde el Decreto ley 4/2025, de 11 de abril, no se admiten nuevas declaraciones para viviendas en propiedad horizontal en ninguna isla. La Ley 4/2026 dejó fuera de la prohibición las viviendas adosadas, las pareadas y las unifamiliares aisladas que compartan parcela, y la modalidad de alquiler de vivienda principal, de hasta 60 días al año con empadronamiento. La declaración se presenta ante el consell insular de Illes Balears, que lleva el registro, y las nuevas plazas solo se activan si se dan de baja otras dentro del techo de la isla.
El papel del Ayuntamiento de Santa María del Camí
El Ayuntamiento de Santa María del Camí interviene en dos puntos. Primero, en la zonificación: el consell insular y, en su caso, los ayuntamientos delimitan las zonas aptas, y en Palma esa competencia es del propio ayuntamiento. Segundo, en la documentación: la DRIAT se acompaña de un certificado municipal que acredita que la vivienda está en zona apta y que no se ha superado el número máximo de plazas del municipio. También es el ayuntamiento quien concede la licencia de ocupación. Comprobamos con el ayuntamiento qué dice hoy para tu parcela.
Por dónde empezar en Santa María del Camí: el estudio previo
En Illes Balears no ofrecemos el alta directamente: primero hay que saber si tu vivienda de Santa María del Camí puede comercializarse. Estos son los pasos que seguimos en el estudio:
- Revisamos la escritura y el catastro: tipología del edificio (aislada, adosada, pareada o plurifamiliar) y si hay división horizontal.
- Comprobamos si la parcela de Santa María del Camí está en zona apta para estancias turísticas o para la modalidad de vivienda principal.
- Verificamos la antigüedad de cinco años con uso residencial, la cédula de habitabilidad con plazas y que no sea vivienda protegida ni esté en suelo rústico protegido.
- Analizamos la situación de las plazas turísticas en Illes Balears: techo insular, bolsa de plazas y cómo podrían acreditarse.
- Revisamos los requisitos técnicos: certificado energético mínimo, contadores individuales y seguro de responsabilidad civil.
- Si la vivienda ya tiene número, revisamos su DRIAT, su vencimiento y cualquier requerimiento o sanción previa.
- Te entregamos por escrito la conclusión, los pasos posibles y los costes de terceros conocidos.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- Escritura o nota simple y referencia catastral.
- Cédula de habitabilidad, título análogo o licencia de ocupación en la que conste el número de plazas.
- Acreditación de la antigüedad: declaración de obra nueva, licencia de primera ocupación o certificado municipal.
- Certificado municipal de zona apta y de no superación del máximo de plazas, si ya lo tienes.
- Certificado de adquisición o asignación de plazas turísticas, si existe.
- Certificado de eficiencia energética.
- Estatutos de la comunidad y acuerdos de la junta, si hay división horizontal.
- Certificado de empadronamiento, si planteas la modalidad de vivienda principal.
- Número de inscripción, DRIAT y notificaciones del consell, si la vivienda ya funciona.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Illes Balears fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Estar en una zona declarada apta de forma expresa para estancias turísticas o para la modalidad de vivienda principal.
- Disponer de las plazas turísticas necesarias, acreditadas por el órgano gestor de plazas o la administración turística.
- Antigüedad mínima de cinco años con uso residencial privado.
- Cédula de habitabilidad o licencia de ocupación vigente con número de plazas.
- Calificación energética mínima F en edificios anteriores a 2008 y D en los posteriores, salvo que lo impida la normativa de patrimonio.
- Contadores individuales de agua y de electricidad o gas.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes y, en edificios, a la comunidad.
- No ser vivienda protegida ni de precio tasado, ni estar en suelo rústico protegido salvo previsión del plan insular.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Santa María del Camí y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Santa María del Camí
Si tu vivienda de Santa María del Camí ya está inscrita, el estudio cambia de foco. En viviendas plurifamiliares la DRIAT habilita por cinco años y se prorroga comunicándolo en el mes anterior al vencimiento, con el certificado de plazas; si no se comunica, la actividad debe cesar. Un cambio de titular se comunica al consell de Illes Balears, pero no se resuelve si hay sanciones firmes sin pagar. Además, cada huésped se registra en SES.HOSPEDAJES y se liquida el impuesto sobre estancias turísticas. Te decimos qué servicio corresponde y su precio.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Santa María del Camí
Para Santa María del Camí trabajamos con un estudio de viabilidad de 129 €, IVA incluido, fechado y por escrito. Analizamos zona, plazas, tipología, antigüedad y documentación, y te damos una conclusión clara. En Illes Balears no tramitamos el alta: la decisión depende de la zonificación y de las plazas de Illes Balears, y no queremos venderte algo que no podemos asegurar.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Santa María del Camí
¿Qué es la modalidad de alquiler de vivienda principal?
Permite a una persona física comercializar su vivienda habitual, unifamiliar o en piso, hasta 60 días al año, si está en una zona apta para esa modalidad y acredita el empadronamiento. Se declara por meses completos.
¿Hacen falta plazas turísticas para una casa en Santa María del Camí?
Sí, para una nueva comercialización hay que acreditar las plazas. Cada consell fija su techo y su sistema de plazas, y las nuevas solo entran si se dan de baja otras. En el estudio te explicamos cómo está Illes Balears.
¿Puedo alquilar por habitaciones?
No: las estancias turísticas consisten en ceder la vivienda completa y no pueden coincidir huéspedes con contratos distintos. La excepción es la vivienda principal, donde pueden convivir residentes y huéspedes si se indica en la publicidad.
¿Cuánto puede durar una estancia?
Como máximo un mes, es decir, treinta noches. Por encima ya no es una estancia turística, y la ley presume que es turística la oferta de uso inmediato y corta duración si no se acredita otra finalidad.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Ajuntament de Santa Maria del Camí
- BOE: Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears (texto consolidado)
- BOE: Decreto ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal y de medidas transitorias para la oferta turística
- BOE: Ley 4/2026, de 11 de junio (disposición final vigesimosegunda, viviendas plurifamiliares)
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)