Limpias: viviendas junto al Asón y su ría
Limpias se sitúa junto al Asón, que forma la ría de Limpias antes de llegar al Cantábrico. Ese entorno fluvial permite situar la vivienda, pero el estudio del alojamiento necesita la dirección y el edificio concretos. Para preparar el alquiler turístico partimos de la dirección, la planta y las características reales de la vivienda. En un piso revisamos también su relación con los elementos comunes; en una casa con parcela, las dependencias que quieres incluir. La proximidad al agua ayuda a situar el alojamiento, pero no permite deducir qué uso autoriza el planeamiento.
Antes de presentar, comprobamos con el ayuntamiento de Limpias la compatibilidad urbanística del alojamiento y si hay condiciones municipales aplicables a tu dirección. Si la casa está cerca de la ría, comprobamos las afecciones de la parcela y su compatibilidad urbanística antes de preparar la presentación. Revisamos también el uso autorizado del inmueble y la documentación de ocupación que corresponda. No damos por permitido el alquiler turístico por el hecho de que existan otros alojamientos en el municipio; concretamos qué informes o trámites necesita tu vivienda.
Limpias en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Limpias hay 22 viviendas turísticas con 110 plazas, unas 5,0 por vivienda. Es el municipio n.º 65 de 100 de la Cantabria por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 31, así que la cifra ha bajado un 29,0 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Limpias
La norma vigente es el Decreto 50/2025, de 24 de julio, que sustituyó al Decreto 225/2019, dentro del marco de la ley de ordenación del turismo de Cantabria. Distingue dos modalidades: la vivienda de cesión completa, que no puede alquilarse por estancias, y la de cesión compartida, por habitaciones, reservada a personas físicas que residen en la vivienda. El alta es una declaración responsable (anexo I) ante la Dirección General de Turismo, que se tramita en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria. Permite empezar desde su presentación y la vivienda se inscribe de oficio, con carácter preventivo, en el Registro General de Empresas Turísticas.
Antes de presentar conviene tener reunido lo esencial. El decreto pide disponer del informe municipal que declare compatible el uso turístico con el planeamiento, del certificado de técnico competente con el programa mínimo y la capacidad de la vivienda, y de la aprobación de la comunidad de propietarios cuando hay propiedad horizontal. También del título que acredita la propiedad o el uso, del certificado de convivencia en cesión compartida y de la declaración de vivienda no protegida. Y, como equipamiento, extintor por planta, detector de humo y sistema de monitorización del ruido.
El papel del Ayuntamiento de Limpias
Antes de presentar nada hay que hablar con el Ayuntamiento de Limpias. En Cantabria la declaración responsable se apoya en un informe municipal que confirme que el uso turístico es compatible con el planeamiento, y el decreto reconoce a los ayuntamientos la facultad de limitar las viviendas turísticas por edificio, sector, ámbito o periodos. Las tasas y plazos del informe dependen de cada ayuntamiento. Lo solicitamos o revisamos contigo y comprobamos si hay limitaciones para tu dirección.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Limpias
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Limpias:
- Estudio previo: comprobamos el planeamiento de Limpias, las limitaciones municipales y la modalidad (cesión completa o compartida).
- Solicitud del informe municipal de compatibilidad del uso turístico con el planeamiento.
- Certificado de técnico competente sobre el programa mínimo de vivienda y la capacidad, que encarga el propietario y coordinamos.
- Aprobación previa de la comunidad de propietarios por tres quintas partes, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Instalación de extintor por planta, detector de humo junto a la cocina y monitor de ruido en el salón.
- Presentación de la declaración responsable (anexo I) en la sede del Gobierno de Cantabria y pago de la tasa autonómica.
- Inscripción preventiva en el Registro General de Empresas Turísticas; después, placa en la puerta, hojas de reclamación y alta en SES.HOSPEDAJES.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del titular y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Escritura, nota simple o título que acredite la propiedad o el derecho de uso.
- Referencia catastral.
- Informe municipal de compatibilidad urbanística del uso turístico.
- Certificado de técnico competente sobre el programa mínimo de vivienda y la capacidad.
- Certificado de la comunidad de propietarios con la aprobación previa, si hay propiedad horizontal.
- Certificado municipal de convivencia, si es de cesión compartida.
- Justificante de la tasa autonómica y autorización de representación.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Cantabria fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Programa mínimo de vivienda acreditado por un técnico, que fija la capacidad.
- Vivienda no calificada como protegida.
- Cesión completa sin alquiler por estancias, o cesión compartida por habitaciones con el propietario residiendo en ella.
- Extintor por planta, detector de humo cerca de la cocina y monitorización del ruido en el salón.
- Placa identificativa en la puerta, cartel de hojas de reclamación y teléfono de atención inmediata a la vista.
- Botiquín, limpieza general y cambio de lencería en cada nueva estancia.
- Número de inscripción en toda la publicidad y precios expuestos de forma visible.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Limpias y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Limpias
La inscripción obliga a varias cosas más. Un nuevo titular comunica el cambio con el anexo II; cualquier otra modificación o el cese se comunica en quince días. Si tu vivienda de Limpias ya estaba inscrita antes de julio de 2025, revisa si presentó la declaración de adaptación: el plazo acabó en marzo de 2026 y hay instrucciones del BOC. La documentación debe estar siempre a disposición de Turismo y cada estancia se registra en SES.HOSPEDAJES.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Limpias
Antes de pagar a un técnico o una tasa, te proponemos el estudio de viabilidad (129 €) para tu vivienda de Limpias. Si concluye que se puede dar de alta, el alta en Cantabria cuesta 599 €, IVA incluido, con el estudio descontado. No incluye el certificado técnico ni las tasas autonómica y municipal, que se presupuestan aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Limpias
¿Puedo presentar la declaración mientras espero el informe municipal?
El decreto trata el informe de compatibilidad como requisito esencial que debes tener al declarar. Lo prudente es esperar a tenerlo; lo vemos caso por caso.
¿Cuántas plazas puedo ofrecer?
Las que fije el certificado técnico según el programa mínimo de vivienda. En cesión compartida se restan las personas que residen en la vivienda según el certificado de convivencia.
¿Puedo alquilar por habitaciones?
Sí, en la modalidad de cesión compartida, pero solo si eres persona física y resides en la vivienda.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Sí, si el edificio está en propiedad horizontal: el decreto exige la aprobación previa de la comunidad conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, que desde abril de 2025 pide tres quintas partes.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- BOC: Decreto 50/2025, de 24 de julio, de viviendas de uso turístico de Cantabria
- Gobierno de Cantabria: trámite 6120, declaración responsable y comunicaciones de vivienda de uso turístico
- BOC: instrucciones de 2026 sobre la adaptación de las viviendas inscritas
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)