Poio: Combarro, Raxó y el encaje en el plan general
Poio está en la orilla norte de la ría de Pontevedra, frente a la ciudad. El alquiler turístico se reparte entre la costa y las parroquias: Combarro, con su conjunto de hórreos junto al mar, Raxó y Samieira, con casas y pisos cerca de las playas, y la zona más próxima a Pontevedra. Abundan las casas unifamiliares, a menudo con finca, y en el núcleo histórico de Combarro hay viviendas tradicionales donde la protección del conjunto también cuenta.
No hemos localizado en la web del Concello de Poio una ordenanza propia sobre viviendas de uso turístico. En Galicia el planeamiento municipal (el PXOM) puede condicionar este uso, y en Poio el plan general tiene modificaciones propias, por ejemplo para Combarro. Antes de presentar comprobamos con el concello que el uso turístico es compatible en tu parcela, la situación urbanística de la casa y, si está en un edificio con varios pisos, si hace falta acuerdo de la comunidad.
Poio en cifras: viviendas turísticas según el INE
Según la estadística experimental del INE sobre viviendas turísticas (mayo de 2026), en Poio hay 380 viviendas turísticas con 1.974 plazas, unas 5,2 por vivienda. Es el municipio n.º 4 de 61 de la provincia de Pontevedra por número de viviendas turísticas.
Un año antes, en mayo de 2025, el INE contaba 434, así que la cifra ha bajado un 12,4 %. El INE las cuenta a partir de los anuncios de las grandes plataformas, así que es una foto del mercado, no del registro oficial.
Con tanta oferta alrededor, lo que marca la diferencia es tener el expediente en regla: número de registro correcto en el anuncio, comunidad de vecinos resuelta y documentación al día ante una inspección.
Qué norma se aplica en Poio
En Galicia la vivienda de uso turístico tiene un régimen propio dentro del Decreto 12/2017, que desarrolla la Ley 7/2011 del Turismo. Se trata de una vivienda que se alquila entera, amueblada y equipada, dos o más veces al año y por menos de 30 días seguidos. El trámite es el TU986D: el propietario o su representante presenta la declaración responsable en el modelo del anexo V, preferentemente por vía electrónica, y acredita el pago de la tasa. Con la presentación queda habilitada la actividad; después llega la anotación en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
Además del anexo V y la tasa, el propietario debe tener a punto lo que declara. El Decreto 12/2017 pide acreditar que puede disponer de la vivienda, contar con licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra, y tener un seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes. La declaración recoge también la capacidad máxima, un teléfono de incidencias y los datos de quien comercializa la vivienda, con el anexo VIII si son varios. Si Turismo detecta un defecto esencial, da diez días para corregirlo antes de actuar.
El papel del Ayuntamiento de Poio
El Concello de Poio decide el encaje urbanístico de tu vivienda turística. En Galicia las VUT se ubican en suelo residencial, salvo que el planeamiento admita otros usos, y los concellos pueden limitar cuántas hay por edificio o sector. Algunos municipios gallegos ya tienen ordenanza o normas en su plan general, y otros piden un título municipal además de la declaración turística. Una regla válida en una ciudad no sirve para la de al lado, así que lo revisamos para tu calle en el estudio.
Cómo se da de alta una vivienda de uso turístico en Poio
El orden importa: si se presenta antes de tener resuelto lo urbanístico o la comunidad, el expediente se complica. Así lo hacemos en Poio:
- Estudio previo: comprobamos qué permite el planeamiento del Concello de Poio para tu dirección y si exige algún título municipal.
- Comunidad de propietarios: revisamos los estatutos y, en propiedad horizontal, el acuerdo de la junta por tres quintas partes para una vivienda turística nueva.
- Reunimos el título de la vivienda, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad y el seguro de responsabilidad civil.
- Pagamos o te indicamos cómo pagar la tasa autonómica 31.19.01 en la Oficina Virtual Tributaria de Galicia.
- Preparamos la declaración responsable (anexo V, y anexo VIII si hay varias comercializadoras) y la presentamos con el procedimiento TU986D.
- Turismo comprueba la declaración y anota la vivienda en el REAT; si pide subsanar algo, se contesta en diez días.
- Antes de recibir huéspedes: alta en SES.HOSPEDAJES, aviso de hojas de reclamación y copia de la declaración a la vista.
Documentos que te pedirán
Antes de preparar nada revisamos lo que ya tienes. Lo habitual en esta comunidad es:
- DNI o NIE del propietario y, si es una sociedad, escritura y poderes del representante.
- Escritura o nota simple y referencia catastral de la vivienda.
- Licencia de primera ocupación, cédula de habitabilidad o certificado final de obra.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios.
- Certificado o acta de la comunidad de propietarios, si el edificio está en propiedad horizontal.
- Contrato con la persona o empresa comercializadora, si no es el propietario.
- Justificante de pago de la tasa autonómica.
- Autorización de representación para presentar en tu nombre.
Si te falta un certificado o un plano, te decimos cuál y coordinamos al técnico; su trabajo se presupuesta aparte.
Requisitos de la vivienda
La norma de Galicia fija unos mínimos que la vivienda tiene que cumplir desde el primer día:
- Cesión de la vivienda completa, amueblada y equipada para su uso inmediato.
- Estancias de menos de 30 días seguidos, de forma reiterada.
- Calefacción en las zonas de uso de los huéspedes, salvo que solo funcione de junio a septiembre.
- Teléfono de atención 24 horas para huéspedes e incidencias.
- Servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda.
- Aviso de que hay hojas de reclamación y copia de la declaración presentada, a la vista de los huéspedes.
- Perfecto estado de higiene y capacidad máxima declarada coherente con la licencia o la cédula.
La comunidad de vecinos
La comunidad de propietarios es el primer filtro. Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio con comunidad necesita el voto favorable de tres quintas partes de la junta (art. 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal, según la LO 1/2025). Revisamos los estatutos y las actas de tu edificio en Poio y, si toca, preparamos la petición a la comunidad.
En casas unifamiliares o en viviendas sin comunidad este paso no aplica, pero sí el resto de requisitos.
Si ya tienes la vivienda dada de alta en Poio
El alta no es el final. El Decreto 12/2017 obliga a comunicar en diez días cualquier cambio de lo declarado: nuevo titular, nueva comercializadora, otra capacidad o un nuevo teléfono, mediante una modificación de datos. Si dejas la actividad, la baja se presenta igual. La vivienda de Poio debe registrar a sus huéspedes en SES.HOSPEDAJES, y la inspección de turismo puede revisarla; si hay un defecto, conviene contestar dentro de plazo.
También llevamos el cambio de titular, la baja, la modificación de datos y el alta en SES.HOSPEDAJES para el registro de viajeros.
Precio de la gestión en Poio
Precio cerrado: 499 € (IVA incluido) por el alta VUT en Poio, o 699 € con el pack llave en mano, que incluye SES.HOSPEDAJES y el alta en Hacienda. En Galicia la declaración no exige técnico. Si tu concello tiene ordenanza o limitaciones, el primer paso es el estudio de 129 €, descontable. Tasas aparte.
Tienes todos los servicios en la página de precios. Te decimos el precio cerrado antes de empezar; lo de terceros (técnico, tasas, notaría) se presupuesta aparte.
Preguntas frecuentes sobre viviendas turísticas en Poio
¿Puedo empezar a alquilar en cuanto presente la declaración?
La actividad queda habilitada desde la presentación, pero Turismo puede comprobarla después y el concello controla el uso urbanístico. Por eso revisamos antes lo que exige el Concello de Poio.
¿Necesito permiso de la comunidad de vecinos?
Desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio en propiedad horizontal necesita la aprobación expresa de la junta por tres quintas partes. Revisamos también los estatutos.
¿Qué seguro necesito?
Un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de las personas usuarias. El seguro de hogar habitual no siempre cubre la actividad turística; conviene revisarlo.
¿Hay que pagar alguna tasa?
Sí, la tasa autonómica 31.19.01 de clasificación, que se paga en la Oficina Virtual Tributaria. El concello puede tener sus propias tasas.
Fuentes consultadas el 30 de octubre de 2026. Contrastamos la documentación y la situación vigente antes de aceptar el encargo.
- Concello de Poio
- Xunta de Galicia: procedimiento TU986D de viviendas de uso turístico
- DOG: Decreto 12/2017 de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico
- BOE: Ley 7/2011 del Turismo de Galicia
- INE: viviendas turísticas, plazas y plazas por vivienda turística por municipio (tabla 39363)